Fallo de la SCJN sobre INFONAVIT 2025: En un momento decisivo para la protección laboral y la seguridad social en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución clave el 4 de noviembre de 2025, en la Contradicción de Criterios 120/2025, que cambia significativamente la forma en que se aplican los descuentos salariales por créditos del INFONAVIT cuando los trabajadores están ausentes o incapacitados. Este fallo establece jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales federales, y su alcance es relevante tanto para empleados como para empleadores.

¿Qué resolvió la SCJN?

Suspensión provisional de descuentos: La SCJN determinó que los empleadores pueden suspender temporalmente los descuentos vía nómina para créditos INFONAVIT cuando los trabajadores se encuentren en ausencia o en situación de incapacidad, siempre que se garantice el pago del crédito por otro medio.

Condición de garantía La suspensión no es automática: exige que el patrón presente una garantía suficiente para asegurar el pago del crédito, acorde con la periodicidad establecida en la ley. 

Protección al salario La Corte argumentó que imponer descuentos continuos cuando no hay base salarial (por ausencia o incapacidad) puede representar una carga desproporcionada para el trabajador. 

Equilibrio institucional Aunque se permite la suspensión, la obligación del crédito no desaparece, los pagos deben garantizarse para no afectar al INFONAVIT. 

Obligatoriedad de la tesis Al resolverse mediante Contradicción de Criterios, la tesis fijada por la SCJN adquiere carácter vinculante para todos los jueces federales. 

Contexto legal La controversia surge por la reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, que antes de este fallo imponía la obligación de retener descuentos “aunque el trabajador no perciba salario” por ausencia o incapacidad. 

Dos tribunales colegiados tenían interpretaciones opuestas sobre si era posible suspender esos descuentos en ciertas condiciones, lo que llevó a la contradicción de criterios. La SCJN, en su sesión de Pleno, evaluó los criterios contrapuestos y resolvió que el criterio pro suspensión debe prevalecer como jurisprudencia.

Reglas clave para implementar el fallo

Para que empleadores y trabajadores puedan beneficiarse de esta jurisprudencia, es importante tener en cuenta:

Actor  Acción requerida
Patrón (empleador)
  • Promover un juicio de amparo para solicitar la suspensión provisional de los descuentos.
  • Otorgar una garantía (fianza, depósito u otro medio) para asegurar el pago del crédito
  • Ajustar sus sistemas de nómina para detectar cuando un trabajador está ausente o incapacitado y
  • aplicar la suspensión.
Trabajador
  • Verificar que su empleador ha iniciado el amparo y ha presentado la garantía correspondiente.
  • Solicitar transparencia sobre la forma en que se hará la garantía para el pago del crédito.
Instituto (INFONAVIT)
  • No perder el derecho al pago: con la garantía, se protege la amortización.
  • Adaptar sus procesos para reconocer las suspensiones válidas derivadas del amparo, sin penalizaciones indebidas.

 

Impacto del fallo

  • Para los trabajadores: representa un alivio económico en momentos vulnerables (incapacidad o ausencia), ya que se protege el salario cuando no hay base para descontar. SCJN
  • Para los empleadores: se evita la obligación de descontar salarialmente sin tener ingresos del trabajador, lo que puede generar carga financiera o legal. 
  • Para el INFONAVIT: aunque permite suspensiones, no renuncia al cobro; la garantía es un mecanismo para proteger sus intereses crediticios.

Principios constitucionales involucrados

Este fallo se apoya en varios principios constitucionales y de seguridad social:

  • La certeza jurídica, al unificar criterios y evitar interpretaciones contradictorias entre tribunales.
  • La proporcionalidad, pues no se obliga a descontar cuando no hay salario.
  • La seguridad económica de los trabajadores, protegiendo el salario como fuente de sustento.

La resolución de la SCJN en la Contradicción de Criterios 120/2025 es un cambio muy relevante para el sistema de créditos INFONAVIT. No solo brinda un respiro a trabajadores que atraviesan incapacidades o ausencias, sino que también obliga a los empleadores a adoptar mecanismos más justos y responsables para manejar los descuentos de nómina.

Si tienes un crédito INFONAVIT y estás en incapacidad, vale la pena explorar con tu empleador la posibilidad de un amparo. Por otro lado, si eres patrón, esta jurisprudencia te da un camino legal para suspender esos descuentos sin violar la obligación de pago, siempre que des una garantía adecuada.

Fuente:  Suprema Corte de Justicia de la Nación